1. Ofrecer todo tipo seguros, promover la celebración de dichos contratos y obtener la renovación de los mismos, con sometimiento a la legislación específica de mediación de seguros privados tales como: seguros generales, de vida, de salud, riesgos laborales (ARL), en régimen de vinculación con varias entidades autorizadas y demás disposiciones pertinentes, en el ámbito de los seguros de vida como en el ámbito de los seguros distintos a la vida.
  2. Intermediación en la venta de títulos de capitalización, créditos, pensiones voluntarias y todas las demás inherentes al desarrollo del objeto social.
  3. Asesorías integrales en inversiones, unidades de fondos de inversión, a través de la agencia colocadora de seguros y a nombre de varias compañías de seguros legalmente constituidas en el país, promoviendo la celebración de dichos contratos y obteniendo la renovación de los mismos.
  4. Recaudar lo referente a los contratos o negocios que celebra, inspeccionar riesgos, intervenir en salvamentos, y promover la celebración de contratos de seguros por sí misma o por medio de agentes colocadores que las compañías mandantes pongan bajo su dependencia de acuerdo con su sistema propio de promoción de negocios.